El marco legal para la firma digital en Panamá viene definido por dos Leyes y un Decreto Ejecutivo: la Ley 51 del 22 de Julio del 2008, la Ley 82 del 9 de Noviembre de 2012 y por último el Decreto Ejecutivo 684 del 18 de Octubre del 2013. De acuerdo a esta normativa, se habla de firma electrónica y firma electrónica cualificada.
La firma electrónica se define como: «Conjunto de sonidos, símbolos o datos vinculados con un documento electrónico, que ha sido adoptado o utilizado por una persona con la intención precisa de identificarse y aceptar o adherirse al contenido de un documento electrónico».
La firma electrónica cualificada es aquella firma electrónica que, además de cumplir con los requisitos de la firma electrónica, está respaldada por un certificado digital cualificado.
Se considera de manera genérica será suficiente con la firma electrónica, sin embargo, en los casos en los que se requiera realizar la firma bajo la gravedad de un juramento, hará falta la firma electrónica cualificada.